Nuevas fechas para presentación y pago del Impuesto de Industria y Comercio 2020
- Morales y Asociados C

- 16 abr 2020
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Fuente: cali.gov.co

Hacienda Municipal amplió los plazos para la presentación y pago de la declaración anual del impuesto de industria y comercio año gravable 2019, vigencia fiscal 2020, entendiendo las necesidades de los caleños, en relación con la declaración de emergencia y las diferentes medidas de prevención a nivel local y nacional por causa de la pandemia del Covid-19.
La Resolución 4131.040.21.0045 del 20 de marzo de 2020, estableció nuevas fechas en el calendario tributario, para el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el impuesto de industria y comercio.
El formulario debe ser descargado y diligenciado por los contribuyentes a través de la página web de la Alcaldía www.cali.gov.co, teniendo en cuenta los ingresos netos del año gravable a declarar en Cali y de acuerdo con el último dígito del NIT del declarante, sin tener en cuenta el dígito de verificación. Las nuevas fechas se indican a continuación:
Contribuyentes personas jurídicas con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, iguales o superiores a ochenta y siete mil setecientos cincuenta y cinco Unidades Valor Tributario (87.755).
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 20 de abril de 2020
3 y 4 21 de abril de 2020
5 y 6 22 de abril de 2020
7 y 8 23 de abril de 2020
9 y 0 24 de abril de 2020
Contribuyentes Personas Naturales con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, iguales o superiores a Ochenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco Unidades Valor Tributario (87.755).
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 27 de abril de 2020
3 y 4 28 de abril de 2020
5 y 6 29 de abril de 2020
7 y 8 30 de abril de 2020
9 y 0 04 de mayo de 2020
Contribuyentes Personas Jurídicas con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, iguales o superiores a Ocho Mil Ciento Siete Unidades Valor Tributario (8.107) e inferiores a Ochenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco Unidades Valor Tributario (87.755).
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 04 de mayo de 2020
3 y 4 05 de mayo de 2020
5 y 6 06 de mayo de 2020
7 y 8 07 de mayo de 2020
9 y 0 08 de mayo de 2020
Contribuyentes Personas naturales con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, iguales o superiores a Ocho Mil Ciento Siete Unidades Valor Tributario (8.107) e inferiores a Ochenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco Unidades Valor Tributario (87.755)
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 11 de mayo de 2020
3 y 4 12 de mayo de 2020
5 y 6 13 de mayo de 2020
7 y 8 14 de mayo de 2020
9 y 0 15 de mayo de 2020
Contribuyentes personas jurídicas con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, inferiores Ocho Mil Ciento Siete Unidades Valor Tributario (8.107)
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 18 de mayo de 2020
3 y 4 19 de mayo de 2020
5 y 6 20 de mayo de 2020
7 y 8 21 de mayo de 2020
9 y 0 22 de mayo de 2020
Contribuyentes Personas naturales con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, iguales o superiores a Ocho Mil Ciento Siete Unidades Valor Tributario (8.107) e inferiores a Ochenta y Siete Mil Setecientos Cincuenta y Cinco Unidades Valor Tributario (87.755) Contribuyentes personas jurídicas con ingresos netos a declarar en Santiago de Cali, inferiores Ocho Mil Ciento Siete Unidades Valor Tributario (8.107)
Si el último dígito del NIT es Hasta el día
1 y 2 26 de mayo de 2020
3 y 4 27 de mayo de 2020
5 y 6 28 de mayo de 2020
7 y 8 29 de mayo de 2020
9 y 0 01 de junio de 2020
El formulario puede ser descargado y diligenciado a través de la página www.cali.gov.co, siguiendo estos pasos: ir abajo a ‘Trámites y servicios’, escoger ventana de ‘Impuestos’, dar clic en ‘Formularios y obligaciones tributarias’ y buscar ‘Autodeclaraciones electrónicas’.
Es importante resaltar que, para este año, el pago podrá realizarse por cuotas para los contribuyentes que así lo determinen de la siguiente forma:
Concepto-Porcentaje-Fecha límite de pago
Primera cuota con la presentación de la declaración-30%-Conforme al último dígito del NIT del declarante
Segunda cuota-30%-Hasta el 31 de julio de 2020
Tercera cuota-40%-Hasta el 30 de octubre de 2020




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